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Hagamos un consumo responsable del agua ante la sequía

Fecha última actualización: 14/08/2023

La Agencia Catalana del Agua ha declarado el estado de emergencia por sequía hidrológica en las unidades de explotación del Embalse Siurana-Riudecanyes. También se ha decretado el estado de excepcionalidad por sequía hidrológica en el Prades-Llaberia, y el estado de alerta en el
Consorcio de Aguas de Tarragona. La ACA ha determinado varias medidas que afectan al consumo con el objetivo de minimizar los efectos de los episodios de sequía y ralentizar el descenso de las reservas.

Por eso, se establecen las siguientes limitaciones y restricciones a los diferentes usos que se abastecen de las redes de agua potable:

Limitación del consumo global de agua por abastecimiento a un máximo de 200 litros (zonas en emergencia), 230 litros (zonas en excepcionalidad) y 250 litros (zonas en alerta) por habitante y día (incluyendo actividades económicas y comerciales). Todos aquellos municipios que, una vez aplicadas las limitaciones particulares, presenten dotaciones en alta superiores a esta, tendrán que tomar medidas adicionales para garantizar que no se supera este umbral.

Limitaciones particulares para determinados usos urbanos que deben cumplir todos los municipios de esta unidad de explotación, como son:

PISCINAS - el uso de agua potable por llenado queda limitado a:

1. En caso de emergencia: Queda prohibido el llenado total o parcial de cualquier tipo de piscina, excepto las de agua de mar que se llenen y se vacíen sin conexión a las redes de abastecimiento ni saneamiento.
2. En el caso de excepcionalidad:
· No está permitido el llenado de piscinas privadas de uso individual o unifamiliar.
· Las piscinas sin sistemas de recirculación no se pueden llenar ni rellenar.
· Se permite el rellenado parcial o el llenado total (si son de nueva construcción o han sufrido obras de rehabilitación o modificación del vaso) de piscinas de uso público y también las piscinas de uso privado que dispongan de un sistema de recirculación del agua, en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria del agua. Esto incluye piscinas municipales u otras de acceso público como las de los establecimientos turísticos, las de instalaciones juveniles inscritas en el Registro de Instalaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud, centros deportivos, centros lúdicos o similares, colegios mayores o similares, así como las piscinas de uso privado de las comunidades de propietarios, agroturismo, etc., ya que se consideran refugios climáticos.
· En centros educativos, se permite el llenado completo o parcial de piscinas desmontables de capacidad inferior a 500 litros destinadas al baño de niños y niñas.
· Estas limitaciones no se aplican a las piscinas de agua de mar que se llenen y se vacíen sin conexión a las redes de abastecimiento y de saneamiento públicas.
3. En el caso de alerta:
· El relleno parcial de todas las piscinas siempre que dispongan de sistemas de recirculación de agua, pero solo en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria del agua.
· No se puede llenar ni rellenar ninguna piscina que no tenga un sistema de recirculación del agua.
· Se puede realizar el primer llenado de piscinas que sean de nueva construcción y las que han sufrido obras de rehabilitación o modificación del vaso.
· En centros educativos, se pueden llenar completa o parcialmente piscinas desmontables de menos de 500 litros destinadas al baño de los niños y niñas. Estas limitaciones no se aplican a las piscinas de agua de mar que se llenen y se vacíen sin conexión a las redes de abastecimiento y saneamiento públicas.

RIEGO 

En el caso de emergencia queda prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes, tanto de carácter público como privado. Solo se admite el uso de aguas no procedentes de la red municipal de agua potable para riego cuando se justifique en la supervivencia de arbolado de carácter singular o monumental en espacios públicos.
En caso de excepcionalidad queda prohibido regar zonas verdes y jardines públicos y privados, excepto:
· Por riegos de supervivencia de árboles o de plantas. Este riego de supervivencia debe realizarse con la mínima cantidad de agua indispensable, de 20h a 8 h, y solo mediante riego gota a gota o regadera.
· El riego de césped queda prohibido en todos los casos, excepto en superficies destinadas a la práctica federada del deporte, donde el riego se puede mantener en las cantidades mínimas necesarias para permitirlo, sin superar la dotación máxima de 450 m3/ha/mes y cumpliendo el resto
de limitaciones que diga el ente local.
· La prohibición del riego en excepcionalidad no se aplica al riego con aguas de lluvia recogidas en tejados ni al riego con aguas regeneradas procedentes de depuradora.
En el caso de alerta:
· El riego de jardines y zonas verdes debe hacerse solo en el horario de menor insolación (de 20h a 8h).
· La dotación para riego debe ser la mínima indispensable adaptándose en todo momento a las condiciones de temperatura y humedad. Evitar el riego durante momentos de lluvia. En cualquier caso, no puede superarse un volumen de 450 m3/hectárea/mes.
· El riego de los jardines particulares se puede realizar, como máximo, dos días cada semana. Las entidades locales deben determinar la pauta de alternancia. Por defecto, las viviendas con numeración pareja o sin numeración pueden regar los miércoles y sábados, y las que tengan numeración impar los jueves y domingos.

LIMPIEZA de vehículos

En el caso de emergencia se prohíbe la limpieza de cualquier tipo de vehículo excepto que la limpieza se realice en establecimientos comerciales de limpieza de vehículos.
En el caso de excepcionalidad y alerta el uso del agua queda limitado a:
· Limpieza en establecimientos comerciales dedicados a esta actividad que cuentan con sistemas de recirculación del agua. Fuera de estos establecimientos solo se permite la limpieza de cristales, espejos, retrovisores, luces y placas de matrícula con esponja y cubo.
· Se permite la limpieza de vehículos fuera de establecimientos comerciales para mantener la seguridad y salud de las personas y de los animales. Se incluyen los vehículos de transporte de comida, transporte de animales (vivos o muertes), ambulancias, vehículos médicos y transporte de medicamentos y de residuos. Se realizará siempre con la mínima utilización de agua posible.

FUENTES ORNAMENTALES

En caso de emergencia se prohíbe el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua.
En el caso de excepcionalidad y de alerta queda prohibido el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto lagos artificiales que hagan de soporte vital de vida acuática, donde se permite el mínimo uso del agua imprescindible
por su mantenimiento. Se debe estudiar y, si es viable, se debe realizar el traslado y/o la concentración de la vida acuática afectada a aquel entorno que asegure su máxima supervivencia con el mínimo consumo de agua.

GRANJAS

Tanto en el estado de emergencia, de excepcionalidad y de alerta el uso en granjas de agua procedente de la red de abastecimiento de agua potable queda limitado a las cantidades necesarias para el abrevamiento y limpieza de los animales, así como para la limpieza del recinto. Para este
último uso es necesario utilizar solo las cantidades imprescindibles para mantener las condiciones sanitarias y solo en caso de que no se disponga de una fuente alternativa y exclusivamente mediante sistemas de limpieza a presión u otros de eficacia equivalente.

ELIMINACIÓN DE POLVO EN EL AIRE

Tanto en el estado de emergencia, excepcionalidad y alerta se prohíbe la utilización de agua para la eliminación de polvo y materia en suspensión en el aire.

Las empresas operadoras tendrán que comunicar a la ACA, con carácter mensual o trimestral (en función de su volumen), los datos de volúmenes suministrados en cada municipio y los volúmenes captados.

El resto de usos tendrán que reducir sus consumos en función del tipo, tal y como se detalla a continuación:

  • Riego agrícola: supresión del riego en emergencia (se puede autorizar solo el riego de supervivencia de cultivos leñosos), 40 % (excepcionalidad), 25 % (alerta)
  • Usos ganaderos: 30 % (excepcionalidad) y 10 % (alerta)
  • Usos industriales: 25 % (emergencia), 15 % (excepcionalidad) y 5 % (alerta)
  • Usos recreativos que impliquen el riego: 25 % (emergencia), 50 % (excepcionalidad) y 30 % (alerta)
  • Usos recreativos: 15 % (excepcionalidad) y 5 % (alerta)

Para más información sobre la declaración de la ACA, se puede consultar en estos enlaces:
Portal de la sequía: https://sequera.gencat.cat/ca/inici/ 

Este descenso de las reservas de los embalses, las temperaturas máximas y la insuficiencia de lluvias evidencian una coyuntura crítica. Por ello, es imprescindible aplicar medidas urgentes que contribuyan a paliar las graves consecuencias que pueden desencadenarse si sigue agravándose esta situación. La ciudadanía tiene un papel destacado y es necesario que todo el mundo haga un uso responsable del agua.

Es en este sentido que proponemos varios consejos para preservar este recurso esencial y garantizar el suministro de agua para la presente y las generaciones futuras. Así pues, animamos a actuar con pequeños gestos sostenibles para aplicar desde casa, que ahorran grandes cantidades de agua, con el objetivo de concienciar a la ciudadanía y cuidar el planeta.

Consejos para ahorrar y reutilizar el agua:

  • En las zonas en alerta, solo deben regar dos veces por semana, tal y como establece el plan de sequía, y riega el jardín por la mañana o al atardecer para evitar la evaporación durante las horas de más sol.
  • Ayudarás a reducir el consumo si tienes plantas autóctonas que se adapten al clima y también si recoges el agua de la lluvia para aprovecharla para regar.
  • Si utilizas un lavavajillas de bajo consumo con un programa de ahorro, reducirás el consumo de 100 litros a 15 litros.
  • Con una lavadora de bajo consumo, si utilizas un programa de ahorro y la pones cuando esté llena, pasarás de consumir 200 litros a 75 litros.
  • Puedes pasar de usar 500 litros de agua a 50 litros si no limpias la terraza con la manguera.
  • Si cierras el grifo mientras te enjabonas las manos, pasarás de consumir 16 litros a 2 litros; y si lo haces mientras te cepillas los dientes y utilizas un vaso para enjuagar, el consumo de 30 litros lo reducirás a 1 litro.
  • Si tomas una ducha corta en vez de bañarte y cierras el grifo mientras te enjabonas, pasarás de consumir 200 litros a 60 litros.
  • Puedes instalar un sistema que recoja las aguas grises de la ducha, bañera, lavadora, lavavajillas, y las aproveche para la cisterna del inodoro.
  • Utilizarás la mitad de agua si pulsas el botón de media descarga de la cisterna.
  • Arregla los grifos y cisternas que gotean, porque pueden perder hasta 30 litros diarios, y vigila los escapes.
  • Pon un aireador de grifo que mezcla el agua con aire y gasta menos.
  • Si aprovechas el agua de cocinar las verduras para regar, reducirás 2 litros de agua.

Consulta más consejos en: https://www.comaigua.cat/consejos-de-ahorro